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Según FEF, Esteban Paz sí podría ser sancionado nuevamente (Comunicado)

En el pasado martes en el Congreso Ordinario de la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF), donde se reeligió al Luis Chiriboga como presidente, durante un receso, el directivo tuvo una conversación con Alex De La Torre mencionándole que por declaraciones realizadas se le podría aumentar la sanción a Esteban Paz, dirigente de Liga de Quito.

Por su parte el directivo universitario´ explicó que sus declaraciones no fueron esas, siendo “el entorno en el cual están volviendo las cosas es poco transparente” las palabras que él utilizó, además mencionó que no podría ser sancionado nuevamente ya que está cumpliendo con la sanción impuesta. 

Sin embargo, la FEF emitió el siguiente comunicado en el que detalla que los “dirigentes suspendidos sí son objeto de sanción, según los reglamentes de la Ecuafútbol”, dando a entrever que Paz sí podría ser sancionado por nuevas declaraciones.

Dirigentes suspendidos sí son objeto de sanción.

Ante comentarios errados de personas no informadas y hasta los informados en la reglamentación que rige el fútbol profesional, la FEF para conocimiento de los aficionados precisa:

a)      Un dirigente cuando es objeto de pena de suspensión no pierde su condición de dirigente, sino como la palabra lo indica, sus actividades como dirigente están “suspendidas”, queda “inhabilitado para ejercer sus funciones en el club o asociación a la que se pertenece”;

b)      La reglamentación disciplinaria expedida por los propios dirigentes de clubes y asociaciones determina que si un dirigente sancionado continuare cometiendo alguna infracción prevista en el Estatuto y reglamentos de la FEF, puede ser objeto de suspensión por cinco años y la imposibilidad de ser dirigente a todo nivel. He aquí el texto de la norma sancionadora:

Titulo VI

De las sanciones a los dirigentes.

Art. 141.- 2do. inciso: Los “dirigentes” que estando sancionados continuaren cometiendo infracciones previstas en el Estatuto y Reglamentos de la Federación Ecuatoriana de Fútbol y/o sus organismos, serán suspendidos cinco años y no podrán formar parte de la Federación Ecuatoriana de Fútbol ni de sus afiliados, aún después de cumplida la sanción.

c)      Es más la reglamentación dictada por los propios dirigentes, establece que:

Art. 116.-        Si la Comisión Disciplinaria estableciere que un dirigente inhabilitado continúa actuando, el club al que se perteneciere, será sancionado, en cada ocasión, con multa de doscientos UDM.

Puede apreciarse, entonces, que un “dirigente sancionado”,si llegase a cometer alguna otra infracción, bien puede ser sancionado como lo prevé la norma reglamentaria antes transcrita de manera textual.