El presidente de la Comisión de Disciplina de la Federación Ecuatoriana de Fútbol, Álex de la Torre, anunció la sanción a Deportivo Quito por el incumplimiento de haberes económicos.
Deportivo Quito cada vez más cerca del abismo a la Serie B y quizá incluso a la Segunda Categoría, este viernes a las 18h00 fue ratificada su sanción y no podrá jugar ante River Ecuador, “D. Quito no pudo cumplir con el pago total de la deuda, realizó un pago parcial y no total de la deuda”, enfatizó De La Torre.
[entrevista=395096,ancho=275,flotar=izq]El miembro de la FEF aclaró que se aplicó el artículo 113, que indica que:
“Si un club por encontrarse suspendido no actuare en un partido, los puntos que iban disputarse se acreditarán a su contendor con un marcador de tres goles a cero”.
Mientras que el artículo 109 del mismo reglamento al respecto dice:
"Si el club suspendido no pagare los valores adeudados o no presentare el convenio indicado en el artículo anterior hasta las 18h00 del día hábil inmediato anterior a la fecha programada para la realización del siguiente partido no podrá actuar, bajo ningún concepto, en ese partido, debiendo además pagar al club que iba a ser su contendor si éste fuere local, como indemnización, el equivalente al promedio de las tres últimas recaudaciones netas, pero no menos de quinientos UDM. En cambio, si el club deudor pagare los valores adeudados o presentare el convenio de pago dentro del plazo señalado anteriormente, quedará habilitado para jugar dicho partido".
Para el efecto previsto en el inciso anterior, el Presidente de laComisión Disciplinaria o el Secretario de la misma, por resolución de aquel, o el Secretario General de la FEF notificará la suspensión o habilitación del club deudor, según el caso, a las asociaciones provinciales a las que perteneciere el club deudor y su contendor.
Si se realizare el pago o se presentare el convenio con posterioridad al plazo determinado en el inciso primero de este artículo, la suspensión quedará sin efecto. Sin embargo, el club que había sido suspendido no será habilitado para actuar en el partido inmediato siguiente a la suspensión, con las mismas consecuencias señaladas en este artículo.
La inhabilitación a la que se refiere este artículo no surtirá efecto de un campeonato a otro, si el club suspendido pagare lo adeudado o presentare convenio de pago, quedando habilitado para intervenir en el siguiente campeonato."
Según lo expuesto, la “AKD” de no cancelar la totalidad de la deuda en el nuevo plazo, corre el riesgo de perder la categoría, es decir descender a Segunda, "hasta la próxima semana D. Quito deberá cumplir con todas sus obligaciones, si no pudiera, será nuevamente suspendido y si no se presenta pierde la categoría", acotó De la Torre, aclarando que ello representa bajar a la Segunda, no a la Primera B.
Aquí el comunicado oficial de la FEF: